MERCADOS

Los 46 agentes de la Policía Nacional procesados por cargas desproporcionadas durante la jornada del referéndum independentista ilegal del 1-O en 2017 han sido amnistiados este martes. El juzgado de instrucción número 7 de Barcelona ha concedido la medida de gracia a los agentes en aplicación de la ley de amnistía. Los antidisturbios estaban acusados de delitos de lesiones y contra la integridad moral; este último delito está excluido de la amnistía, pero solo en supuestos muy concretos y de extrema gravedad, algo que, según el juez, no se dio en este caso.

El magistrado concluye que la actuación de los policías fue “de escasa duración” y se enmarcó en “un objetivo policial definido”: evitar que se celebrara el referéndum. Los supuestos abusos, insiste el auto, no se prolongaron “más allá de la propia maniobra policial de entrada y salida” de los colegios electorales donde se producían las votaciones. Ningún hecho “superó el umbral de gravedad” que marca la ley para dejarlo fuera de la amnistía.

La Fiscalía de Barcelona, que solicitó en junio amnistiar a los policías investigados, recuerda en su informe que la ley de amnistía incluye de forma expresa “las acciones realizadas en el curso de actuaciones policiales” que pretendían impedir la celebración del 1-O. Ese día, siguiendo instrucciones políticas, mandos y agentes de la Policía golpearon a personas que se apostaban en las entradas de los centros de votación para impedir la entrada de los agentes. Una juez había ordenado a las fuerzas de seguridad adoptar “todas aquellas medidas que impidan la consecución del referéndum, sin afectar la normal convivencia ciudadana”.

La acusación contra otro grupo de 27 policías por las cargas del 1-O fue archivada por una jueza de Girona el pasado diciembre. La titular del juzgado de instrucción número 2 argumentó que se trataba de “delitos leves” que ya habían prescrito y que, en todo caso, a los agentes se les podía aplicar el apartado 7 del artículo 20 del Código Penal, que considera exento de responsabilidad criminal a quien “obre en cumplimiento de un deber o en el ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo”.

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